El nuevo Real Decreto sobre huella de carbono, que se publicó el 12 de abril de 2025 en el BOE de manera oficial, introduce una serie de cambios relevantes para organizaciones, administraciones públicas y eventos. La norma entrará en vigor el 12 de junio de 2025, dos meses después de su publicación oficial.

A continuación, destacamos las principales novedades:

Incorporación del registro de la huella en eventos

En el caso de la huella de carbono de eventos, se incorpora la opción de registro y en el caso de efectuarse, la inscripción deberá incluir no solo los Alcances 1 y 2 (emisiones directas e indirectas por energía), sino también el Alcance 3 (otras emisiones indirectas). Esto marca un cambio significativo, ya que hasta ahora era frecuente que las entidades declararan únicamente los dos primeros, dejando fuera gran parte del impacto real del evento. Por ejemplo, las emisiones derivadas del desplazamiento de los asistentes al evento.

Nuevas herramientas de apoyo y factores de emisión

La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) publicará en su portal herramientas y documentos de apoyo para el cálculo tanto de huellas de organización como de eventos. Esto incluirá un listado oficial de factores de emisión para Alcances 1, 2 y, en la medida de lo posible, también para el Alcance 3, algo que hasta ahora no existía.

Exención de verificación para ciertos casos con Alcance 3

Otro cambio fundamental es que las huellas de carbono que incluyan el Alcance 3 estarán exentas de verificación obligatoria cuando correspondan a pequeñas empresas, microempresas o administraciones públicas, siempre y cuando la OECC haya publicado los factores de emisión necesarios.

Hasta ahora, la inclusión del Alcance 3 exigía obligatoriamente un proceso de verificación, lo que suponía una barrera importante, sobre todo para organizaciones con menos recursos.

Verificación obligatoria para grandes eventos

Los grandes eventos, definidos como aquellos que cuenten con 1500 asistentes presenciales o más, sí estarán obligados a someter su huella de carbono a verificación externa.

Ampliación del tipo de proyectos de absorción admitidos

Hasta ahora, los proyectos de absorción de CO₂ estaban muy centrados en forestación y reforestación por incendios. El nuevo RD amplía este abanico, incluyendo también: uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura o relacionadas con el carbono azul, que supongan el aumento del carbono almacenado.

Los proyectos de absorción deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  • Generación de beneficio neto en la absorción de CO2 y cuantificación precisa, consistente, comparable y transparente.
  • Adicionalidad legal y económica.
  • Almacenamiento de carbono a largo plazo y como mínimo durante el periodo de permanencia.
  • No impactar negativamente en la protección o restauración de la biodiversidad, la prevención y control de la contaminación, la transición a una economía circular, el uso sostenible y protección de los recursos hidrológicos y marinos y la adaptación al cambio climático.

Nuevas posibilidades para la compensación

En la sección de compensación de huella de carbono podrán inscribirse las compensaciones derivadas tanto de:

  • Proyectos de absorción registrados en la propia sección, como
  • Proyectos de reducción de emisiones de terceros reconocidos por el Ministerio para la Transición Ecológica.

Un paso adelante, pero con limitaciones

El nuevo Real Decreto supone un avance técnico y normativo en materia de huella de carbono en España. Mejora aspectos clave como la inclusión del Alcance 3 en eventos, la publicación de factores de emisión oficiales y la apertura del registro a más tipos de proyectos de compensación. Además, facilita la participación de pequeñas entidades al eliminar la exigencia de verificación en ciertos casos, lo cual puede democratizar el acceso al registro.

Sin embargo, su ambición es limitada: no obliga al registro en la OECC para las grandes empresas, y deja fuera a las empresas de menos de 500 trabajadores, que representan la gran mayoría del tejido empresarial español. Se mejora el marco para quien ya quiere calcular y registrar su huella, pero no se amplía de forma decidida el número de actores obligados a hacerlo. Necesitamos dar un paso más y convertir el registro en obligatorio para más sectores y empresas, y vincularlo a objetivos de reducción y rendición de cuentas.

Más información:

Desde CeroCO2, asesoramos y ofrecemos herramientas para adaptarse a los nuevos requisitos del Real Decreto. Nuestro objetivo es facilitar a las organizaciones, administraciones públicas y promotores de eventos el cálculo, registro y compensación de su huella de carbono. Ponemos a disposición recursos técnicos, formación personalizada y acompañamiento en todo el proceso, para que puedan cumplir con la norma de forma rigurosa y eficiente.

 

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