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Jueves 16 de Febrero de 2006

Fuente: Canal Solidario


La secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Leire Pajín, presentó este martes (14/02/06) el borrador que servirá de base para el Estatuto del Cooperante que el Gobierno aprobará en las próximas semanas.

Entre las novedades de este Estatuto, destaca la creación de una dotación financiera para el seguro colectivo de los cooperantes, compatible con cualquier otro mecanismo de previsión del que puedan disfrutar estos últimos.

"Contrataremos un seguro colectivo para los cooperantes acreditados como tales y que sus entidades deseen adherirse al mismo. De lo contrario, tienen la obligación de contratar por ellas mismas", señaló Pajín.

El seguro colectivo se financiará con fondos de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y aquellas comunidades autónomas, entidades locales y entidades promotoras de cooperación que deseen adherirse al seguro.

Los representantes de CiU, PP, PNV y ERC lamentaron que el Ejecutivo haya elegido la vía del Real Decreto, “lo mejor hubiera sido una ley específica sobre este caso”.

CiU también lamentó que el borrador gubernamental no incorpore medidas en el ámbito de la fiscalidad y que haya una escasez de formación desde las instituciones públicas.

Además, reclamó una nueva lista de beneficiarios del régimen de indemnizaciones que equipare a cooperantes y misioneros con diplomáticos, militares, policías o periodistas en caso de fallecimiento en el exterior.

Próxima modificación de la ley de subvenciones

Una Proposición no de Ley de CiU, pactada con el PSOE, fue aprobada este martes por todos los grupos parlamentarios y la abstención del PP para modificar la ley de subvenciones.

El objetivo es adaptar esta ley a las necesidades de las entidades no lucrativas de acción social y de cooperación internacional y superar las dificultades que la actual regulación esta generando.

Según el portavoz de Acción Social de CiU en el Congreso, Carles Campuzano, la ley actual supone “graves perjuicios para el tejido asociativo y las organizaciones más pequeñas".

La ley actual no diferencia entre la actividad que desarrolla el beneficiario de la subvención, o si se trata de una organización con o sin fines lucrativos a la hora de establecer los requisitos para percibir una subvención.

Más información:

Agencia Española de Cooperación Internacional

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