Respondemos al proceso de información pública abierto por el MITERD

30 de septiembre de 2021

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) abrío el pasado 10 de septiembre el periodo de información pública de la propuesta de Directrices para la creación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), un documento que debe servir de guía para que las entidades locales puedan diseñar e implantar estas áreas. Serán los municipios de más de 50.000 habitantes, asi como aquellos de más de 20.000 que presentes problemas de calidad de aire, quienes tengan la obligación de implementar estas áreas, según la Ley de Cambio Climático y Transición Energética y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). 

La puesta en marcha de Zonas de Bajas Emisiones es una de las medidas cruciales para el complimiento de los objetivos de descarbonización del sector del transporte y la movilidad y de mejora de calidad del aire en las ciudades. El PNIEC fija un objetivo de reducción de 27 millones de toneladas de CO2 en el sector del transporte-movilidad de aquí al 2030. Al mismo tiempo, la Ley de Cambio Climático y Transición Energética las ha introducido en su Artículo 14 “Promoción de la movilidad sin emisiones”. Aquí se establece la obligatoriedad de su implementación en los municipios de más de 50.000 habitantes antes de 2023 (un total de 149, según datos de 2020 del INE, que suman el 53,1% de la población total de España).

Para asegurar que se cumple estos objetivos y, por tanto, que las Zonas de Bajas Emisiones sirven eficazmente como herramienta clave en la reducción de las emisiones -incluidas las de CO2- y de la contaminación atmosférica provocada por el transporte y la movilidad en las ciudades, resulta necesario definir criterios homogéneos, al menos unos mínimos, para su correcta implementación. No podemos tener un mosaico de estas zonas ni unas que no sirvan para nada, sólo como simples parches para cumplir con la Ley. Puesto que estas Diretrices no tienen caracter vinculante, y a pesar de tratarte de un documento bien intencionado, consideramos indispensable que sean transformadas en un Real Decreto - Ley con el objetivo de impedir dejar a la voluntad local la eficacia de esta medida. Este es el pilar en el que se fundamenta, en gran parte, el documento de alegaciones presentado. 

Sólo mediante la elaboración y aplicación de un Real Decreto, España podrá aprovechar la oportunidad de oro que le brinda el Artículo 14.3.a) para que las Zonas de Bajas Emisiones españolas se conviertan en zonas con políticas integrales de lucha contra el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, fomentando no solo un cambio tecnológico en los vehículos sino un cambio en el modelo de transporte y de uso público de lo que ahora son vías exclusivas para el vehículo privado. Espacios en los que los peatones y la naturaleza recuperen espacio a costa del vehículo privado, uno de los principales causantes de la crisis ambiental.

Finalmente, de cara a mejorar el documento, presentamos tambien un conjunto de alegaciones que afectan a aspectos esenciales para una correcta implementación de las Zonas de Bajas Emisiones:

1. Obligatoriedad y concreción respecto al contenido mínimo del proyecto de Zona de Bajas Emisiones propuesto 

Según se señala en la página 15 del documento de Directrices, el proyecto de ZBE deberá contar con una serie de contenidos y documentación “para asegurar la calidad del mismo”. Sin embargo, tal y como propiamente se indica, se habla exclusivamente de documentación, sin entrar a fijar unos requisitos o criterios determinados para que la implementación de la Zona de Bajas Emisiones sea válida. Por tanto, se deja toda la ambición en manos de los ayuntamientos.

Aunque nuestra posición se centra en la necesidad de aprobar un Real Decreto derivado del desarrollo reglamentario del Art. 14 de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, resulta indispensable que el documento de Directrices resuelva la problemática de la condicionalidad y la inconcreción de los contenidos mínimos que se especifican. Apostamos por el establecimiento de un nivel de ambición suficiente que tenga también en cuenta la reducción del CO2 en el sector del transporte y la movilidad, así las ciudades podrán ir más rápido y más lejos en el proceso de descarbonización, la mejora de la calidad del aire y la disminución de los niveles de ruido.

Desde esta perspectiva, y sin perjuicio de afectar al contenido explicativo del capítulo 9, se debería de incluir dentro de este capítulo mínimos comunes en relación a: extensión, criterios de acceso y circulación, e intervención transversal. 

2. Actualización de los datos del capítulo 4 “Las ZBE y la Calidad del Aire”, de manera que indiquen los valores guía de la OMS en su versión más reciente para evitar que el documento nazca obsoleto en este sentido

La Organización Mundial de la Salud (OMS) presentó el pasado día 22 de septiembre de 2021 una actualización de sus valores guía de calidad del aire. Estos nuevos valores, revisados por primera vez desde el año 2006, recogen la evidencia científica de decenas de publicaciones que a lo largo de este periodo han analizado el impacto de la contaminación sobre la salud humana y la biodiversidad. Como resultado, las nuevas recomendaciones de la OMS modifican los valores conocidos hasta ahora y que normalmente eran igual o más exigentes que los contemplados en la normativa europea.

Debido a la relevancia de la nueva evidencia aportada por la OMS y con el fin de evitar que el borrador se publique con información ya obsoleta, consideramos imprescindible que se actualicen los datos del capítulo 4 “Las ZBE y la Calidad del Aire” de manera que indiquen los valores guía de la OMS en su versión más reciente, de acuerdo a la actualización realizada en septiembre de 2021.

3. Creación de una oficina estatal que aplique indicadores de evaluación de resultados comunes

Para muchas entidades locales, de tamaño pequeño y mediano, el control y revisión de los modos de desplazamiento puede exceder a sus capacidades. Sería deseable la creación de una oficina estatal de Zonas de Bajas Emisiones que coordine la implantación, información y vigilancia de las diferentes Zonas de Bajas Emisiones en todo el territorio bajo unos criterios homogéneos, permitiendo una evaluación a partir de indicadores comunes que permitan valorar la consecución de objetivos para los que estas zonas han sido implementadas, así como su posible evolución.

4. Medidas relacionadas con el Objetivo 3 (promoción de la movilidad activa y recuperación del espacio público)

Ninguna es obligatoria, sino que quedan en simples recomendaciones. El cumplimiento de este importante objetivo queda, por tanto, pendiente de la buena voluntad de los gobiernos locales, por lo que se desaprovecha la potencia transformadora que estas directrices podrían tener sobre el conjunto del Estado. Proponemos establecer medidas de obligado cumplimiento.

5. Señalización general y modificación de ilustración de la señal aprobada por la DGT. 

La señalización propuesta establece una relación directa de las ZBE con la restricción de acceso en función del tipo de coche, anulando por completo las otras dimensiones de las ZBE que deberían ser recatadas mediante estas Directrices. Esta señal contribuirá a que en el imaginario colectivo las ZBE sean equiparadas a “zonas sin coches contaminantes”, olvidando así otros aspectos que en el espíritu de las Directrices parecen igualmente importantes.

Sin perjuicio de lo anterior, consideramos cuestionables las ilustraciones 2 y 6.” Diseño de señal aprobado por la DGT” que se encuentran en las páginas 17 y 24 del documento por su posible papel condicionador. La visualización en dicha imagen de tres distintivos ambientales ligados a la excepcionalidad a la que pueden asociarse para acceder a las ZBE puede dar alas al lector para adoptar dichas excepciones. Por tanto, proponer suprimir de la ilustración los tres distintivos ambientales debajo del texto “Excepto” y, o bien no incluir nada, o bien hacer referencia exclusivamente al distintivo 0.

ECODES ha trabajado junto con Transport & Environment, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Fundación Renovables en la elaboración de estas alegaciones al borrador de Directrices para la creación de Zonas de Bajas Emisiones del Ministerio para la Transición Ecologíca y el Reto Demográfico. Tambien se han agrupado aportaciones de la Red de Ciudades que Caminan, miembro adherido a la campaña Clean Cities.

ecodes color

Más información:

Cristian Quílez
Responsable de proyectos | Project manager
Área de Políticas Públicas y Gobernanza Climática
cristian.quilez@ecodes.org 

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